lunes, 2 de mayo de 2016

CAPACIDAD DE CARGA


Durante la Unidad Popular, unos grupos de cantantes que saben perfectamente de donde son,  grabaron un disco que se llamó “canto al programa”. Harto malo. Musical y poéticamente. Nada comparable a la Cantata de Luis Advis, que a juicio de expertos cubanos en experimentación musical, era una obra conservadora. No solo por el respeto a la forma cantata, sino porque no señalaba tácticamente ninguna perspectiva de ensayo formal que  provocara una infracción de las formas clásicas. 

Manuel Guerra ha estrenado una canción para promocionar  el trabajo de cabildeo constitucional pro-gobiernista. Legítima pretensión que lo confirma como un cantor que también sabe de donde son los cantantes, reproduciendo la complacencia formal que lo inscribe como el bufón de corte que corresponde.  ¡Y con letra de Carlos Cabezas! Es de lamentar que semejante talento sea reducido a exigencias ilustrativas.  Los cabildeos son lo que son:  extensiones de la  doméstica práctica de manejo de las “mesas técnicas”, donde la sola aceptación de participación es una prueba de “violación” regulada y legalizada.

En el mismo instante en que Manuel Guerra estrena su nueva canción, la Señora Presidenta  -de visita en Rapa-Nui-   sorprende en su discurso con el uso de  palabras tales como  capacidad-de-carga.  La isla no tendría condiciones sistémicas para recibir a tanto turista,  cuyo ingreso discriminado  desnaturalizaría su carácter identitario.  La palabra turista  tendría que interpretarse, simplemente, como extranjero, incluyendo a los chilenos continentales, abriendo una discusión sobre la conversión de Rapa-Nui en  territorio de excepción, en el seno de la “república”.  Habría que impedir el acceso a la isla de contingentes de población cuya presencia, a juicio de algunos,   amenaza la permanencia de la lengua originaria.

DE todos modos,  es muy significativo el uso de la noción capacidad-de-carga.  En Valparaíso,   muchos lugares  suelen ser  excedidos en su capacidad de carga.  En un tiempo cercano, en condiciones de ocupación irregular,  hubo lugares que fueron colmados por un número de espectadores que sobrepasaron de manera extrema las condiciones de gestión territorial  relativas al manejo de poblaciones en espacios reducidos.  Esto es muy importante a la hora de intervenir en caso de situaciones que ponen en duda la atención a personas en riesgo.

Las  autoridades de  estos lugares  cumplen con las condiciones de manejo de poblaciones, asegurando el cuidado de éstas. La  capacidad de carga no debe ser superada para preservar la salud de los asistentes. O sea, es una cuestión de sentido común, garantizada por una normativa relativa a los usos de los espacios públicos.

Esto significa lo siguiente: si un teatro consigna una tolerancia de 350 personas, no pueden ingresar a él  más de 400. Se supone que hay un margen mínimo de exceso que es posible controlar, en caso de algún incidente, como por ejemplo, un corte de luz, un terremoto, un incendio, etc. Ello exige disponer de espacios de evacuación adecuados a partir de un cálculo de  flujo que  se calcula a partir de la ocupación de un determinado número de personas por metros cuadrados, entre otros factores. 

Sin embargo, un  funcionario-operador del CNCA hizo lo siguiente:  se comprometió a ocupar un teatro sabiendo que no podía exceder las 350 plazas, pero por las redes hizo una invitación abierta, de modo que un gran contingente juvenil se hizo presente. No era un concierto, sino la presentación de un libro sobre música chilena, que contaría con la participación de un grupo que interpretaría –según acuerdo- dos canciones, a título de saludo.

El operador del evento, no contento con extender una invitación cuya respuesta excedía la  capacidad de carga del lugar, convirtió la presentación del libro en un concierto encubierto, incumpliendo el compromiso inicial.  Los jóvenes llegaron en gran número y  triplicaron la capacidad del teatro.  Al ver impedido el acceso al teatro,  repleto en toda su capacidad, los jóvenes  hicieron manifiesto su malestar iniciando la vandalización del lugar. Los empleados se vieron obligados a llamar a Carabineros.

Sin embargo, el  funcionario-operador  que había  promovido directamente  la superación de la capacidad de carga del recinto, quiso suplantar a los empleados y obligarlos a permitir el ingreso al hall del teatro.  Semejante  irresponsabilidad  tuvo que ser contenida  y el operador  puesto en su lugar.  Sin embargo no trepidó en acusar a los  gestores del lugar  de prácticas anti-populares. 

Por no respetar su capacidad de carga, un teatro  santiaguino fue lugar de incidentes en  el curso de los cuáles   varios espectadores perdieron la vida. 

El relato de este incidente  en Valparaíso  adquiere  gran relevancia  después de las declaraciones  de  la Señora Presidenta, a propósito de la capacidad de carga de una isla  -que como toda isla-  se sostiene  en un equilibrio precario.  Por extensión, todo recinto en  que se maneje la noción de carga adecuada, debe aceptar  la hipótesis  que existe un tipo de discriminación razonable y legalmente  garantizada, destinado a proteger su reproductibilidad como espacio humano.

Ciertamente, una isla posee características  extremas en cuanto a la puesta en función del respeto de la capacidad de carga, aunque  esta idea involucra una discusión sobre  facultades constitucionales para hacer viable  semejante  propuesta. 

Un teatro no es una isla.  Un teatro está en la ciudad.  Lo más probable es que la noción de capacidad-de-carga no sea la noción más adecuada para hacer mención al desarrollo humano de Rapa-Nui.  Pero como fue empleada por la Señora Presidenta,  me he tomado el trabajo de hacer algunas comparaciones.  

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